miércoles, 26 de junio de 2013

Delegación de Gobierno condenada por sancionar a un manifestante

El derecho fundamental a la presunción de inocencia es la clave de la condena a Delegación de Gobierno por identificaciones indiscriminadas durante una concentración.

Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha condenado a Delegación de Gobierno a cubrir las costas del juicio por vulnerar los derechos fundamentales en el transcurso de una manifestación. El juzgado ha valorado los testimonios presentados por J.L.S.G. y se ha amparado en la presunción de inocencia para dictar la primera sentencia que cuestiona la práctica de identificaciones indiscriminadas que ha impulsado la oficina que encabeza Cristina Cifuentes (PP).

"Lo que está reconociendo el tribunal es que la versión de los hechos del demandante tiene más credibilidad que la presentada por Delegación, se ve que hubo una identificación indiscriminada", ha explicado a DIAGONAL, Ana Méndez, de la Comisión Legal Sol y abogada del demandante. El demandante considera que ha quedado acreditado que se han vulnerado sus derechos fundamentales por parte de Delegación, y cree que esta resolución puede ser útil en dos sentidos: Por un lado "esto tiene que animar a la gente a saber que está en su legítimo derecho a manifestarse en el espacio público", por otro, "tiene que ser un punto de inflexión para que cese la represión administrativa impulsada por Cifuentes, que ha supuesto que más de mil personas hayan sido multadas desde el 15M". En tercer lugar, el demandante también ha querido reconocer la "labor titánica de la comisión legal de Sol" que ha dado como resultado esta sentencia pionera.

En este proceso, se juzgaban las identificaciones durante una concentración de apoyo a los acusados de detener el metro usando los frenos de emergencia como reivindicación contra la subida del transporte en abril de 2012. Al grito de "Yo también tiré de la palanca", un centenar de personas se concentraron en una zona peatonal de la Puerta del Sol. Durante los primeros minutos de la convocatoria, varios agentes de la Policía Nacional identificaron a los concentrados, lo que posteriormente se tradujo para muchas personas en peticiones de multa. La sentencia explicita, en base a la presunción de inocencia, que los cuerpos de seguridad del Estado se excedieron en el ejercicio de su actividad y que la orden dada por Delegación vulneró un derecho fundamental de J.L.S.G.


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