lunes, 30 de septiembre de 2013

[Córdoba] Manifestación contra los Recortes de las Pensiones

Presupuestos Generales del Estado 2014


Sucesión de trabajadores a Worldline

Tal y como nos comunicó oficialmente la empresa el pasado 9 de septiembre, los trabajadores de HTTS pasarán, a partir de mañana 1 de octubre, a formar parte de Worldline, al habérseles aplicado el Artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, La sucesión de empresa, a los trabajadores de HTTS.

Algunas puntualizaciones:

• La sucesión la deciden las empresas, los puestos en principio permanecen igual y, por tanto, no cabe opción por el trabajador más que seguir en su puesto. Si se producen cambios sustanciales, ya sería otro cantar.

• La nueva empresa está obligada a mantener a los trabajadores las mismas condiciones que tenían en AtoS, salvo que se establezca un pacto previo que indique otra cosa. Una vez en la nueva empresa, las condiciones se mantendrán hasta que se cambien debidamente (vía artículo 40 y 41 ET).

• Si se llegara a firmar un nuevo Acuerdo Marco en AtoS ya no se aplicará automáticamente a los trabajadores de la nueva empresa, salvo que prevea expresamente su aplicación a todos con participación o aceptación por la nueva empresa. Por su parte, el actual Acuerdo Marco de Tempos 21 no es directamente aplicable a los trabajadores de AtoS transferidos, salvo que se haya pactado; sin embargo, si hubiera un nuevo Acuerdo Marco en Tempos 21 deberá aplicarse a todos, por lo que ese nuevo acuerdo, deberá prever las adaptaciones necesarias.

• Respecto a los trabajadores afectados por la MSCT, la nueva empresa está obligada a respetar las mismas condiciones salariales, salvo que expresamente hayan pactado otra cosa antes. Por tanto deberá cumplirse la cláusula de recuperación salarial anual de la MSCT, y en 2016 se deberá haber recuperado todo el salario.

• Nos resulta algo extraño que la empresa cambie la dirección de los e-mail, que pasarán de nombre@atos.net a nombre@worldline.com, ya que es el primer caso que se da en el grupo.

• Respecto a la Representación Legal de los Trabajadores, ni los Comités de Empresa ni los Delegados de Personal de Atos representarán ya a los trabajadores de la nueva empresa. Por lo tanto si los trabajadores desean tener  Delegados de Personal o Comité de Empresa en su centro de trabajo de Worldline habrá que realizar el proceso correspondiente. Actualmente, hay RLT en Tempos 21 Barcelona.
Desde la Sección Sindical de CGT estaremos a tu disposición para lo que necesites.

Octubre 2013: Fiestas Laborales en los centros de trabajo del Grupo AtoS

4.- León

9.- Valencia

12.- Badajoz, Barcelona, Bilbao, Las Palmas, León, Madrid, Oviedo, Santander, Santiago, Sevilla, Tenerife, Valencia, Valladolid, Vigo, Zaragoza

25.- Bilbao

30-S: 20 años con los trabajadores


El 30 de septiembre de 1993 un grupo de compañer@s afiliad@s a la CGT nos reunimos en Madrid y constituimos la Sección Sindical de la CGT en una empresa dónde no existía ni Comité de Empresa ni ninguna otra Sección.

En aquel momento nuestra empresa se llamaba Sema Group, después con las distintas fusiones y compras fue cambiando de nombre pasando por Schlumberger Sema, luego Atos Origin y, de momento, somos AtoS.

A lo largo de estos años se han constituido también Secciones Sindicales en Barcelona, Zaragoza y Bilbao.

Gracias a todos los que nos habéis apoyado durante estos 20 años.

Salud,

domingo, 29 de septiembre de 2013

Las Fiestas Laborales del 2014 en Galicia

El 8 de agosto se publicó en el DOG el "Decreto 127/2013, de 1 de agosto, por el que se determinan las fiestas de la Comunidad Autónoma de Galicia del calendario laboral para el año 2014".

Además de las fiestas de ámbito estatal que se señalen, para el año 2014 se declaran fiestas laborales propias de la Comunidad Autónoma de Galicia, con carácter retribuido y no recuperable, las siguientes:

          • 17 de mayo: Día de las Letras Gallegas.
          • 25 de julio: Día Nacional de Galicia.


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¡Manda carallo!, menudo Decreto cutre con sólo dos fiestas. Y... ¿cuales serán las fiesta de ámbito estatal que se señalen?, pues según publicaba la prensa gallega el Frijolito había indicado las siguientes:

          • 1 de enero, Año Nuevo.
          • 6 de enero, Día de Reyes.
          • 17 de abril, Jueves Santo.
          • 18 de abril, Viernes Santo.
          • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
          • 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
          • 1 de noviembre, Todos los Santos.
          • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
          • 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción.
          • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

Las Fiestas Laborales del 2014 en la Comunidad Autónoma de Andalucía

El 17 de mayo se publicó en el BOJA el "Decreto 52/2013, de 14 de mayo, por el que se determina el calendario de Fiestas Laborales de la comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014".

Calendario de Fiestas Laborales para Andalucía 2014:

          • 1 de enero (miércoles).
          • 6 de enero (lunes).
          • 28 de febrero (viernes), Día de Andalucía.
          • 17 de abril (jueves).
          • 18 de abril (viernes).
          • 1 de mayo (jueves).
          • 15 de agosto (viernes).
          • 13 de octubre (lunes), traslado de la Fiesta Nacional de España.
          • 1 de noviembre (sábado).
          • 6 de diciembre (sábado).
          • 8 de diciembre (lunes).
          • 25 de diciembre (jueves).


Las Fiestas Laborales del 2014 en la Comunidad Autónoma de Aragón

El 10 de mayo se publicó en el BOA el "Decreto 68/2013, de 30 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se fijan las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles para el año 2014 en la Comunidad Autónoma de Aragón" y posteriormente, el 14 de mayo, se publicaría la "CORRECCIÓN de errores del Decreto 68/2013, de 30 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se fijan las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles para el año 2014 en la Comunidad Autónoma de Aragón".

Las fiestas laborales, de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles para el año 2014 en la Comunidad Autónoma de Aragón, serán las siguientes:

          • 1 de enero, miércoles, Año Nuevo.
          • 6 de enero, lunes, Epifanía del Señor.
          • 17 de abril, Jueves Santo.
          • 18 de abril, Viernes Santo.
          • 23 de abril, miércoles, San Jorge, Día de Aragón.
          • 1 de mayo, jueves, Fiesta del Trabajo.
          • 15 de agosto, viernes, Asunción de la Virgen.
          • 13 de octubre, lunes, en sustitución del día 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
          • 1 de noviembre, sábado, Todos los Santos.
          • 6 de diciembre, sábado, Día de la Constitución Española.
          • 8 de diciembre, lunes, Inmaculada Concepción.
          • 25 de diciembre, jueves, Natividad del Señor.


Las Fiestas Laborales del 2014 en Euskadi

El 19 de julio se publicó en el BOPV el "Decreto 381/2013, de 9 de julio, por el que se aprueba el Calendario Oficial de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2014".

Tendrán la consideración de días inhábiles a efectos laborales en el País Vasco durante el año 2014 las festividades de:

          • 1 de enero, Año Nuevo.
          • 6 de enero, Epifanía del Señor.
          • 17 de abril, Jueves Santo.
          • 18 de abril, Viernes Santo.
          • 21 de abril, Lunes de Pascua de Resurrección.
          • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
          • 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
          • 25 de octubre, Día del País Vasco-Euskadiko Eguna.
          • 1 de noviembre, Todos los Santos.
          • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
          • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
          • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

Las Fiestas Laborales del 2014 en Catalunya

El 30 de agosto se publicó en el DOGC la "Orden EMO/202/2013, de 22 de agosto, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2014".

Serán fiestas laborales en Cataluña durante el año 2014 las siguientes:

          1 de enero (Año Nuevo).
          6 de enero (Reyes).
          18 de abril (Viernes Santo).
          21 de abril (lunes de Pascua Florida).
          1 de mayo (Fiesta del Trabajo).
          24 de junio (San Juan).
          15 de agosto (la Asunción).
          11 de septiembre (Día Nacional de Cataluña).
          1 de noviembre (Todos los Santos).
          6 de diciembre (Día de la Constitución).
          8 de diciembre (la Inmaculada).
          25 de diciembre (Navidad).
          26 de diciembre (San Esteban).


De las trece fiestas mencionadas habrá una, a elegir entre el 6 de enero (Reyes), el 21 de abril (lunes de Pascua Florida), el 24 de junio (San Juan) y el 26 de diciembre (San Esteban), que tendrá el carácter de recuperable. Las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 152/1997, de 25 de junio, y el Decreto 146/1998, de 23 de junio, por los que se modifica el Decreto 177/1980, de 3 de octubre, sobre el calendario de fiestas fijas y suplentes en el territorio de Era Val d'Aran, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la del 17 de junio (Fiesta de Aran). En el territorio de Era Val d'Aran, la opción a que se refiere el párrafo precedente queda limitada a elegir como fiesta recuperable entre el 6 de enero (Reyes), el 21 de abril (lunes de Pascua Florida) o el 24 de junio (San Juan).

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